Capitulaciones y acuerdos prematrimoniales
Hablar de bienes antes de casarse no es desconfianza: es claridad. Te ayudamos a definir cómo se manejará el patrimonio de la pareja, especialmente si tienes empresa, bienes previos o patrimonio en varios países.
En qué consiste
Las capitulaciones matrimoniales son convenciones que celebran los futuros esposos, antes del matrimonio, sobre los bienes que aportan y los que adquieran. Están reguladas en el Código Civil (artículos 1771 y siguientes) y deben otorgarse por escritura pública.
Permiten, por ejemplo, excluir ciertos bienes de la sociedad conyugal o proteger la participación en una empresa familiar. Las parejas que conformarán una unión marital de hecho también pueden pactar acuerdos patrimoniales, según la Ley 54 de 1990 y sus reformas.
Aspectos clave
Las capitulaciones son especialmente relevantes cuando uno de los futuros esposos es empresario o accionista. Sin ellas, los frutos y rendimientos de ciertos bienes propios pueden formar parte de la sociedad conyugal, lo que puede generar discusiones en caso de divorcio o sucesión. También son útiles para parejas con hijos de relaciones anteriores o con bienes en varios países. Un acuerdo claro, entendido por ambos y redactado con equilibrio, protege a la pareja y a las empresas familiares. Te ayudamos a pensar los escenarios antes de firmar.
Cuándo lo necesitas
- Vas a casarte y tienes bienes, empresa o herencias previas.
- Eres socio de una empresa familiar.
- Tienes patrimonio en Colombia y en otro país.
- Vas a iniciar una convivencia y quieres claridad patrimonial.
Cómo trabajamos
1. Diagnóstico patrimonial
Revisamos los bienes y las expectativas de la pareja.
2. Redacción
Preparamos las capitulaciones con cláusulas claras y equilibradas.
3. Revisión conjunta
Explicamos el alcance del acuerdo a ambas partes.
4. Escritura pública
Acompañamos la firma ante notaría antes del matrimonio.
Nuestro enfoque en derecho de familia
Los asuntos de familia combinan decisiones legales, patrimoniales y emocionales. Por eso privilegiamos los acuerdos cuando son posibles y cuidamos que cada documento sea claro, cumplible y proteja a los hijos menores de edad.
Muchas familias colombianas tienen miembros o bienes en el exterior. Te orientamos para adelantar en Colombia los trámites que corresponden, incluso a distancia mediante poderes, y coordinamos con profesionales locales cuando una parte del asunto debe resolverse en otro país.
Documentos que suelen necesitarse
- Documentos de identidad de ambos.
- Relación de bienes y deudas actuales.
- Certificados de participación en sociedades, si aplica.
- Información de bienes en el exterior, si existen.
Preguntas frecuentes
¿Las capitulaciones son válidas en Colombia?
Sí, siempre que se otorguen por escritura pública antes del matrimonio y respeten la ley.
¿Se pueden hacer después de casados?
No como capitulaciones. Después del matrimonio existen otras figuras, como la liquidación de la sociedad conyugal por mutuo acuerdo.
¿Sirven para la unión marital de hecho?
Para las uniones maritales de hecho existen acuerdos patrimoniales específicos que también podemos redactar.
¿Pueden incluir temas sobre los hijos?
No. Las capitulaciones tratan asuntos patrimoniales; los derechos de los hijos no pueden negociarse en ellas.
¿Qué pasa con bienes en otro país?
Pueden mencionarse, pero su efecto en el exterior depende de las leyes de ese país. Lo analizamos contigo.
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